E S T A T U T O S
1. La Sociedad Iberoamericana de Biología Celular (SIABC) es sociedad civil, de derecho privado, con fines científicos y culturales, sin fines de lucro y que se rige por sus Estatutos.
2. La SIABC congrega a personas interesadas en Biología Celular con el objeto de:
- Promover el desarrollo y la difusión de la Biología Celular en los países y colectividades, de habla española o portuguesa.
- Realizar periódicamente reuniones científicas de la Sociedad.
- Asociarse con Sociedades afines.
- Asesorar a los poderes públicos y entidades privadas sobre aspectos relacionados con la Biología Celular.
3. Los miembros de la SIABC pertenecen a dos categorías, a saber:
- Miembros
Titulares. Para ser admitidos en esta categoría los candidatos deberán presentar una solicitud dirigida al Presidente, acompañada de su Curriculum Vitae.
Los candidatos a Miembros Titulares deben tener antecedentes que reflejen una amplia vivencia, y continuidad de esfuerzo, en el sector de la Biología Celular. Los Curricula de los candidatos serán juzgados por una comisión de selección compuesta por Miembros Titulares, elegidos por la Comisión Directiva de la SIABC. Los Miembros Titulares tendrán voz y voto en las Asambleas Generales, y derecho a participar en las demás actividades de la Sociedad.
- Miembros
Asociados. Para ser admitidos en esta categoría bastará remitir el formulario oficial de la SIABC, debidamente completo. Ser Miembros Asociados personas con, o sin, título universitario, que estén interesados en la Biología Celular.
Los Miembros Asociados podrán participar de las actividades de la SIABC, con excepción de las Asambleas.
4. Podrán afiliarse a la SIABC las Sociedades Nacionales de los diferentes países, cuyos estatutos establezcan un sistema de elección de sus Miembros Titulares análogo al adoptado por la SIABC. Las Sociedades locales de Biología Celular que estén interesadas en afiliarse a la SIABC deberán remitir una solicitud en tal sentido, que debe ser renovada anualmente, junto con un informe anual de las actividades científicas realizadas acompañado por una lista actualizada de sus socios, discriminados en las correspondientes categorías.
5. La Comisión Directiva de la SIABC, estará compuesta por cinco Miembros Titulares, de distintos países con mandato de cuatro años, que serán elegidos por la Asamblea.
6. Los Miembros de la Comisión Directiva elegirán, entre sí, un Presidente y un Vicepresidente.
7. Corresponde a la Asamblea General.
- Elegir la Comisión Directiva.
- Modificar los estatutos.
- Proponer a la Comisión Directiva otras actividades que se consideren de interés.
- Efectuar revisiones de cuentas, y aprobar los balances de la Sociedad.
8. Corresponde a la Comisión Directiva.
- Determinar el lugar de realización de la próxima reunión científica y elegir el Presidente encargado de su organización el cual propondrá el Comité General.
- Reunirse periódicamente, en la medida de lo posible, para analizar las actividades de la SIAC, y tomar decisiones al respecto.
- Convocar a Asambleas Generales Extraordinarias de la SIABC cuando así lo estime conveniente. Además de la convocación de Asamblea General Extraordinaria por iniciativa de la Comisión Directiva, este tipo de Asamblea podrá ser convocada a solicitud de 1/3 de los Miembros Titulares, debiendo la Comisión Directiva en este caso realizar la Asamblea General Extraordinaria dentro de los 45 días, contando a partir de la entrega del pedido respectivo.
- Labrar actas de sus reuniones, como así también de las Asambleas.
- Promover periódicamente reuniones científicas de la SIABC.
- En caso de votación, los acuerdos de la Comisión directiva serán aprobados por mayoría simple en caso de empate el voto del Presidente se considera de calidad.
9. Corresponde al Presidente:
- Representar a la SIABC en cualquier circunstancias.
- Presidir las Asambleas Generales y las reuniones de la Comisión Directiva.
- Designar, si lo considera conveniente para un mejor desarrollo de las actividades de la Sociedad, un Secretario y un Tesorero de la SIABC.
10. Corresponde al Vicepresidente sustituir al Presidente cuando éste lo solicite, y también en caso de enfermedades, imposibilidad, etc.
11. Las reuniones Ordinarias de la Asamblea general se realizarán toda vez que tenga lugar un Congreso de la SIABC.
12. En caso de disolución de la SIABC, que sólo podrá ser dispuesta por el voto 2/3 de los Miembros Titulares presentes en una Asamblea General, su patrocinio será donado a una Sociedad Científica elegida por dicha Asamblea.

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